sábado, 11 de junio de 2011

Libertad de Expresión, Algo porque Luchar


No se puede vivir sin creer, como tampoco se puede vivir sin ejercer el derecho a expresarse y, más aún a informar.
La información es un bien económico, y es tan valiosa, que se paga para obtenerla, se paga para suprimirla o distorsionarla y se paga por obtenerla.
La información no sólo es valiosa, sino que tiene un precio, por eso es una mercancía. Tanto la libertad de expresión, como la libertad de información son necesidades humanas.
El hombre necesita estar informado, por ello la libertad de información debe ser libre.
Es tan importante la información que la cibernética la ha tomado y la ha convertido en informática. Vean ustedes que se habla de la ciencia de la informática porque la cibernética la ha ubicado en ese nivel, y en su concepción teórica, le ha dado un tratamiento a la información proporcionando que es la informática.
El periodista es quien produce la información y es tan dueño de ella, que si quiere la publica, la difunde, o lo que estime el conveniente..
La propiedad intelectual de quien ha creado ese instrumento no está reconocida y tenemos que ayudar a que se reconozca esa propiedad que es tan valiosa.
Es cierto que en algunos países ya se reconoció pero también es cierto que hay países donde si siquiera hay periodismo, ni televisión, porque son víctimas de un imperialismo cultural.

Por ejemplo , como uno de los tantos que podemos poner . La CNN (Cable News Network) nos informa lo que ellos nos quieren informar y lo que a ellos les conviene, y que en todo caso, muchos medios  lo que se hacen  es reproducirla y distribuirla, y eso no está bien. Es una información seleccionada, no pura.
El periodista es una ciencia social que requiere de hechos, metodología, leyes y medios. Y los tenemos, por eso el periodismo es de investigación. Primicia no es quien llega primero a la noticia, sino quien publica mejor la noticia, quien la presenta mejor.
Hay que pensar que sólo hay libertad de expresión y de opinión cuando hay medios de comunicación libres. El respeto a la libertad de expresión es el respeto a la libertad del hombre. Puedo no estar de acuerdo con lo que otros expresan, pero daría mi vida para que lo expresen.

Si la expresión es un derecho, como todo derecho, debe ser permitido, apoyado y viabilizado. No existe libertad de expresión si se trata de imponer un imperialismo cultural, un colonialismo mental o un dominio oral.
La palabra, es el elemento vital de la expresión y de la información, es el instrumento utilizado por el periodista y el invento más grande del hombre. Ningún invento, ni el más sofisticado del mundo, se parece a éste. Es verdaderamente fantástico, como el hombre combina pensamiento, lenguaje y palabra, y como se efectúa esa vinculación o comunicación del pensamiento, lenguaje y palabra.
Las palabras son más fuertes que las balas, por eso le tienen miedo los poderosos. Los dictadores y sus cómplices utilizaron sus balas para matar las palabras y degollar las ideas. Ellos apagan la palabra con la bala, detienen la palabra con prisión, y la palabra es nuestra, por eso debemos expresarla bien.

La evolución semántica de la palabra, vale decir la expresión o la información, está unida a los medios de Comunicación, a los canales de comunicación: orales, escritos, o mediante imágenes y sonidos. Todos poseen una fuerza expresiva. La palabra es la morada del ser. Es la apertura del ente a su ser.
Los poderosos temen a la libertad de expresión y, por ende, a la palabra y a la inteligencia, pero no entienden que a quien deben temer es a su propia estreches.


Fragmento de la ponencia presentada en la
Conferencia Latinoamericana
"Por la libertad de Información y Expresión,
Derechos Inalienables de los Trabajadores y los Pueblos"
celebrada en Perú, en septiembre del 2003,
convocada por CLADEHLT,
Comisión Latinoamericana por los Derechos y Libertades
de los Trabajadores y los Pueblos

Derecho a la Libre Expresión

El derecho a la libre expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha para el respeto y promoción de todos los derechos humanos. Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios - el hombre está condenado a la opresión.
Por estas mismas razones, el derecho a la libre expresión es uno de los más amenazados, tanto por gobiernos represores que quieren impedir cambios, como por personas individuales que quieren imponer su ideología o valores personales, callando los otros.
La lucha por la libertad de expresión nos corresponde a todos, ya que es la lucha por la libertad de expresar nuestro propio individualismo. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra.
Derechos Human Rights está comprometido con la lucha por la libertad de expresión definida en los términos más amplios. Esta página está concevida como un lugar donde encontrar información básica sobre que significa la libertad de expresión. Recién se inicia, así que apreciamos su colaboración con información, artículos y enlaces que agregar. 

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 29

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Artículo 19

1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para:
a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;
b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

Artículo 20

1. Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley.
2. Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley.

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 13

1. El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.
2. El ejercicio de tal derecho podrá estar sujeto a ciertas restricciones, que serán únicamente las que la ley previa y sean necesarias:
a) Para el respeto de los derechos o la reputación de los demás; o
b) Para la protección de la seguridad nacional o el orden público o para proteger la salud o la moral públicas.

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Artículo 4

Los Estados partes condenan toda la propaganda y todas las organizaciones que se inspiren en ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico, o que pretendan justificar o promover el odio racial y la discriminación racial, cualquiera que sea su forma, y se comprometen a tomar medidas inmediatas y positivas destinadas a eliminar toda incitación a tal discriminación o actos de tal discriminación, y, con ese fin, teniendo debidamente en cuenta los principios incorporados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como los derechos expresamente enunciados en el artículo 5 de la presente Convención, tomarán, entre otras, las siguientes medidas:
a) Declararán como acto punible conforme a la ley toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, toda incitación a la discriminación racial, así como todo acto de violencia o toda incitación a cometer tales actos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, y toda asistencia a las actividades racistas, incluida su financiación;
b) Declararán ilegales y prohibirán las organizaciones, así como las actividades organizadas de propaganda y toda otra actividad de propaganda, que promuevan la discriminación racial e inciten a ella, y reconocerán que la participación en tales organizaciones o en tales actividades constituye un delito penado por la ley;